Poder para vender Vehiculo

Yo, xxxxxxxxx, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, de este domicilio, y titular de la Cedula de Identidad Numero V-xxxxxxxx, por medio del presente documento declaro que: Confiero poder general suficientemente en cuanto a derecho se requiere y sea necesario al ciudadano xxxxxxxx, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui; titular de la Cedula de Identidad Numero V- xxxxxxxxx, a circular por todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, incluidas sus Dependencias Federales  e Insulares, sin ningún tipo de limitación, en un vehículo de mi exclusiva propiedad identificado con las siguientes características:  Placa: xxxx, Marca: xxxxx, Clase: xxxxx, Modelo: xxxxx, Serial de Carrocería: xxxxx, Serial Motor: xxxx, Uso: Particular, Color: xxxx, Año: xxxx, el cual me pertenece, según se evidencia de documento autenticado por ante la Notaria Publica xxxxxxx de la Ciudad de xxxx Estado xxxx, en fecha xxxx, el cual quedo asentado bajo el N° xxx, Tomo xxx, de los Libros llevados por dicha Notaria. En el ejercicio de este mandato, queda facultado el apoderado para poseer materialmente el vehículo anteriormente descrito mientras no sea revocado el presente mandato; solicitar ante el Cuerpo Técnico de Tránsito y Transporte Terrestre o bien ante la autoridad que le competa, la revisión de Cereales de Carrocería y/o Motor del vehículo precedentemente descrito, así como cualquier otra características que fuere menester; realizar cualquier tipo de solicitud, acto o diligencia ante cualquier autoridad civil, administrativa o judicial de la República Bolivariana de Venezuela, así fuere el caso. Queda expresamente autorizado el mandatario también para efectuar actos de disposición sobre el bien mueble antes descrito, vale decir, enajenar; traspasar, arrendar, ceder, permutar, gravar o disponer por cualquier tipo de titulo el vehículo objeto del presente mandato y cualquier facultad que no sea contraria a las Leyes y reglamentos de la República; en el entendido de las facultades aquí conferidas, lo son a título meramente enunciativo y en ningún caso limitativo.


Es justicia a la fecha de su presentación.      

No hay comentarios:

Publicar un comentario